El Congreso de los Diputados que modifica la Ley de mecenazgo de 2002

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Foto de Diego PH en Unsplash

La nueva ley mejora la desgravación fiscal en los donativos económicos a la fundación e incorpora la cesión de uso de un bien mueble o inmueble a los beneficios fiscales.

El pasado 10 de enero, el Congreso de los Diputados convalidó Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre que modifica la Ley de mecenazgo, vigente desde hacía 21 años.

Esta reforma incorpora avances cuantitativos y cualitativos en la anterior norma y suma nuevas figuras del mecenazgo que ya existen en otros países, como el mecenazgo de recompensa (muy relevante para el sector cultural), el mecenazgo de competencias (que reconoce a los profesionales y empresas que dedican su tiempo), así como una mejora sustancial del micromecenazgo.

Se incrementan los incentivos fiscales en el mecenazgo, tanto a personas físicas como jurídicas

Es voluntad de la nueva ley premiar el mecenazgo sostenido a una misma entidad , es por eso que en el caso de las personas físicas :

  • Se eleva la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación en el IRPF para las donaciones hasta 250 € anuales.
  • Y, en cuanto a más allá de los 250 €, se eleva el porcentaje de deducción aplicable con carácter general al 40% .
  • Se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios en los que debe realizarse donativos a una misma entidad por un importe igual o superior a los del ejercicio anterior, para acceder al incremento de 5 puntos en el porcentaje de deducción, porcentaje que queda incrementado al 45%, siempre que se exceda de los 250 euros.

Así pues, a partir de 2024, la deducción se hará de acuerdo con la siguiente escala:

Base De Deducció Import

En el caso de personas jurídicas :

  • Se incrementa el porcentaje de deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades que pasa al 40% .
  • Además, también se reduce de 4 a 3 años el número de ejercicios durante los cuales el donante o aportante debe realizar donativos a una misma entidad por un importe igual o superior a los del ejercicio inmediato anterior que queda incrementado al 50 % .
  • Por último, se incrementa en cinco puntos porcentuales, pasando del 10% al 15%, el límite que opera sobre la base imponible del período, a efectos de determinar la base de la deducción.

Una gran mejora que afecta directamente a la cesión de viviendas a la Fundación es la incorporación de la cesión de uso de un bien mueble o inmueble , por un tiempo determinado y realizada sin contraprestación, como tipología específica de donativo que puede generar derecho a deducción .

Si necesita más información nos puede llamar a la Fundación.

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